La reclamación judicial contra la reducción del salario no prescribe

El trabajador no pierde el derecho a reclamar por la bajada de sueldo efectuada por la empresa, aunque tarde años en demandar; es decir, la acción para acudir a la justicia en estos casos no prescribe para el empleado mientras siga trabajando en la empresa. Cabe destacar, además, que la falta de acción del empleado no es sinónimo de tolerancia ni consolida la nueva situación.

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¿Cuándo prescribe una deuda?

El art. 1964 del Código Civil, sufrió una reforma por la Ley 42/2015, que redujo el plazo para reclamar por acciones personales, de quince a cinco años.

Por consiguiente, todas las deudas que se hayan contraído después del 7 de octubre de 2015, prescribirán a los cinco años, a contar a partir del momento en el que se pueda exigir su abono.

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