Extinción de la pensión de alimentos en hijos mayores de edad
La extinción de la pensión de alimentos en hijos mayores de edad es un tema que suscita debate y genera incertidumbre tanto en el ámbito jurídico como en el familiar. ¿Qué ocurre cuando un hijo alcanza la mayoría de edad pero aún depende económicamente de sus padres? En abogados Las Palmas vamos a explorar los aspectos fundamentales relacionados con la extinción de la pensión de alimentos en hijos mayores de edad.
La pensión de alimentos a hijos mayores de edad debe abonarse siempre que el hijo o hija conviva con el progenitor que ostenta la custodia y no disponga de independencia económica. Esta obligación persiste debido a que no existe una edad específica para la finalización de este tipo de pensión, sino que se determina en función de otras circunstancias. Entre estas circunstancias se encuentran el desempeño adecuado en los estudios y la búsqueda activa de empleo por parte del hijo o hija mayor de edad.
En el sistema judicial español, no existe una edad límite establecida para el derecho de los hijos mayores a recibir alimentos de sus padres. Sin embargo, los Juzgados suelen tomar como referencia los 25 años como punto de partida. Es importante considerar cada caso de forma individual, tomando en cuenta las circunstancias específicas de cada situación. Por ejemplo, si un hijo o hija de 25 años aún no es económicamente independiente y se encuentra estudiando para oposiciones, podría seguir teniendo derecho a recibir alimentos de sus padres.
Cuando un hijo mayor de edad necesita reclamar alimentos
A partir de los 25 años, y dependiendo de las circunstancias particulares de cada hijo o hija, no implica automáticamente la negación de su derecho a recibir alimentos. En caso de que sea necesario, el hijo mayor de edad tendrá la opción de reclamar directamente dichos alimentos ante el Juzgado, sin importar la edad.
Causas para extinguir la pensión de alimentos a hijos mayores de edad
Según el Código Civil, los padres tienen la obligación de brindar apoyo económico a sus hijos mayores de edad más allá de los 18 años, hasta que estos sean capaces de proveerse por sí mismos. Esta capacidad no se limita a tener un título profesional, sino que implica una posibilidad real de conseguir un empleo que les permita cubrir sus necesidades básicas.
En el caso de los padres, surge la responsabilidad de apoyar a sus hijos hasta que logren su independencia económica, incluyendo su educación y desarrollo. Pero, ¿qué sucede cuando se trata de poner fin a la pensión alimenticia de hijos adultos? En abogado Las Palmas te contamos cómo llevar a cabo este proceso de manera efectiva.
Cómo extinguir la pensión de alimentos a hijos mayores de edad
Para dejar de pagar la pensión de alimentos a hijos que ya han alcanzado la mayoría de edad, es necesario seguir ciertos pasos legales que garanticen una transición justa y equitativa para ambas partes.
Solicitud de modificación de medidas
- Si no existe un acuerdo entre ambas partes, se debe solicitar una modificación de medidas ante el Juzgado.
- En caso de llegar a un acuerdo, los progenitores pueden solicitar al Juzgado que rectifique dicho acuerdo.
Prueba de cambios significativos
En el caso de no llegar a un consenso, es fundamental demostrar ante el Juzgado que las circunstancias han cambiado de manera relevante desde la última revisión de la pensión alimenticia. Algunos puntos a considerar son:
- Hechos posteriores y relevantes que hayan surgido.
- Modificaciones sustanciales en las circunstancias que se tuvieron en cuenta al establecer la pensión de alimentos.
- Permanencia de los nuevos hechos, demostrando que no se trata de situaciones temporales.
- Que dichos cambios no hayan sido provocados por el progenitor que busca poner fin a la pensión.
Ante cualquier situación, es recomendable contar con el asesoramiento legal adecuado para garantizar que el proceso se lleve a cabo de acuerdo con la normativa vigente y en beneficio de ambas partes involucradas. Contacta aquí con nuestros abogados en Las Palmas especialistas en derecho de familia.
En el tema de los alimentos para hijos mayores de edad, es importante considerar varios aspectos clave que determinan la obligación de dar alimentos por parte de los progenitores. Es fundamental comprender que la cuantía de los alimentos debe ajustarse a la capacidad económica del progenitor y a las necesidades del hijo o hija en cuestión.
Factores a tener en cuenta:
- Proporcionalidad de la cuantía de los alimentos a los medios del progenitor y las necesidades del hijo mayor de edad.
- Cese de la obligación de dar alimentos cuando la situación económica del progenitor no le permita satisfacerlos sin descuidar sus propias necesidades.
- Cese de la obligación cuando el hijo mayor de edad pueda sostenerse por sus propios medios.
- Capacidad del hijo para ejercer un oficio o profesión que le permita cubrir sus necesidades.
Es importante destacar que la falta de relación entre progenitores e hijos mayores de edad no se considera directamente como motivo para extinguir la pensión alimenticia. Sin embargo, los tribunales están tomando en cuenta esta situación, especialmente en casos de maltrato físico o psicológico, para evaluar la posibilidad de cesar la obligación de dar alimentos.
Lograr la extinción de la pensión de alimentos para hijos mayores de edad es un proceso que requiere cumplir con ciertas pruebas fundamentales. Si te encuentras en esta situación, es importante tener en cuenta los siguientes requisitos necesarios para demostrar que la pensión ya no es necesaria.
Pruebas necesarias para la extinción de la pensión de alimentos
1. Situación educativa y laboral del hijo(a) mayor de edad
- El hijo o hija mayor de edad no está estudiando ni se está formando, o en caso de que lo esté, es necesario que cuente con rendimientos positivos.
- El hijo o hija mayor de edad no está trabajando ni buscando empleo activamente, tampoco está registrado en el SEPE ni realizando cursos de formación.
- El hijo o hija mayor de edad tiene un empleo estable.
2. Convivencia con el progenitor custodio
Es crucial demostrar que el hijo o hija mayor de edad no convive con el progenitor que tiene la custodia. En este punto, un certificado de empadronamiento actualizado puede servir como principio de prueba.
3. Conducta del hijo(a) mayor de edad
- El hijo o hija mayor de edad muestra conductas u opiniones denigrantes hacia sus progenitores.
- El hijo o hija mayor de edad ha recibido un premio de cuantía significativa que le brinda independencia económica.
Estas pruebas son fundamentales para respaldar la solicitud de extinción de la pensión de alimentos. Asegúrate de recopilar toda la documentación necesaria y contar con el apoyo de un profesional en derecho familiar para guiar el proceso de manera efectiva.
Ante un caso concreto, con unos hechos y circunstancias que lo hacen único, lo aconsejable es contactar con nuestros abogados Las Palmas y explicarles la situación. Nuestros expertos abogados le guiarán por el procedimiento judicial y con los documentos de prueba que hay que recopilar y aportar para presentar la petición de extinción de la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad.
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