Despido por ausencias justificadas
El Juzgado de lo Social nº 3 de los de Las Palmas de Gran Canaria en fecha 16 de octubre de 2019 (630/2019) estimó la demanda de un trabajador que había sido despedido por ausencias injustificadas tras habérsele denegado la prestación de Incapacidad permanente.
El trabajador justifica la ausencia al puesto de trabajo en su estado de salud que le impedía incorporarse a su puesto de trabajo.
Las ausencias no pueden ser calificadas como injustificadas pues el comportamiento del trabajador no puede ser considerado como culpable teniendo en cuenta el trastorno que presentaba, que le limitaba notablemente su capacidad volitiva y cognitiva, de manera que faltando uno de los presupuestos legales del despido disciplinario, se estima la demanda.
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