Devolución de los Gastos de formalización de los Préstamos Hipotecarios

El 28 de febrero, se ha pronunciado el Tribunal Supremo en relación a la devolución de los Gastos de formalización de los Préstamos Hipotecarios por parte de las entidades bancarias.

A tal respecto venimos a informar que estamos pendientes de valorar y estudiar con detalle la sentencia en su totalidad, la cual aún no ha sido publicada.

En principio, lo que supuestamente parece estar claro es que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados lo debe asumir únicamente el prestatario, sin embargo, no podemos aún informar a día de la fecha sobre cómo afectará al resto de los GASTOS DE FORMALIZACIÓN DEL PRESTAMO HIPOTECARIO que a continuación se indican, en tanto en cuanto no procedamos al estudio de la sentencia una vez sea publicada, a saber:

  • NOTARIA
  • INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
  • TASACIÓN DEL INMUEBLE
  • GESTORIA

Quedamos, por tanto, a la espera de la publicación de la referida Sentencia que, una vez sea estudiada por el Departamento Jurídico de este despacho, le informaremos nuevamente del contenido de la misma y lo que puede ser objeto de reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca por haberlo soportado el comprador.